Advertencia europea por deficiencias en materia de protección de la naturaleza

3 07 2008

La Comisión Europea enviará una primera advertencia escrita a España en relación con el incumplimiento de una sentencia del Tribunal de Justicia que determinó que ese país no había clasificado suficientes territorios, en número y en superficie, como zonas de protección especial para las aves. La Comisión tiene conocimiento de que, aunque la situación ha mejorado en las Islas Canarias y en Castilla-La Mancha, aún no se ha cumplido la normativa en las regiones de Andalucía, Baleares, Cataluña, Galicia y Valencia. Con esa advertencia se quiere recordar a España su obligación de designar las citadas zonas de protección de la naturaleza.

Recordemos que la naturaleza de Europa está protegida por dos actos legislativos fundamentales: la Directiva sobre aves y la Directiva sobre hábitats. En virtud de la Directiva sobre aves, los Estados miembros tienen la obligación de designar como zonas de protección especial para las aves (ZEPA) todos los territorios más adecuados para la conservación de especies de aves silvestres. La designación de las ZEPA debe basarse en criterios científicos objetivos y comprobables.
La Directiva sobre hábitats exige que los Estados miembros designen lugares de importancia comunitaria (LIC) para la conservación de tipos de hábitats naturales y para la protección de determinadas especies. Las ZEPA y los LCI juntos constituyen la red Natura 2000 de zonas protegidas, que es el instrumento comunitario más importante para la conservación de los hábitats naturales y de las especies de animales y plantas que en ellos se encuentran.

Procedimiento jurídico
El artículo 226 del Tratado faculta a la Comisión para emprender acciones judiciales contra los Estados miembros que no cumplan sus obligaciones.

Si la Comisión considera que puede haber una infracción de la legislación comunitaria que justifica la apertura de un procedimiento de infracción, dirige una «carta de emplazamiento» (primera advertencia por escrito) al Estado miembro afectado, pidiendo que presente sus observaciones en un plazo determinado, generalmente de dos meses.

Según la respuesta o ausencia de la misma, la Comisión puede enviar un «dictamen motivado» (última advertencia por escrito) al Estado miembro. En él se exponen clara y definitivamente las razones por las que la Comisión considera que se producido infracción de la normativa comunitaria, y emplaza al Estado miembro a ajustarse al dictamen en un plazo determinado, normalmente dos meses.

Si el Estado miembro no se ajusta al dictamen motivado, la Comisión puede remitir el asunto al Tribunal de Justicia. Si éste considera que ha habido infracción del Tratado, se insta al Estado miembro implicado a tomar las medidas necesarias para normalizar su situación.
El artículo 228 de Tratado faculta a la Comisión para actuar contra los Estados miembros que no acaten una sentencia emitida por el Tribunal de Justicia Europeo. También la faculta para solicitar al Tribunal que imponga una sanción económica al Estado miembro considerado.

 





Política de desarrollo rural

27 06 2008

El Comité de Desarrollo Rural ha emitido el pasado miércoles 25 de junio, un dictamen favorable sobre los programas de desarrollo rural para todas las regiones españolas para el período 2007-2010.

Teniendo en cuenta que,

  • las zonas rurales ocupan un 91% del territorio y albergan un 20% de la población
  • un 50% de la superficie total del país se compone de tierras agrarias y un 79% de las mismas forman parte de las cosideradas Zonas Menos Favorecidas
  • un 15% de los terrenos agrarios son de regadío
  • el 75% del consumo total de agua en España se dedica al regadío

el mayor reto al que se enfrenta España es el de poner freno a la despoblación rural, motivada por la escasez de agua, el clima o las condiciones de vida derivadas de la topografía, entre otras. Este reto es todavía más importante cuando sabemos que la agricultura constituye la principal fuente de mantenimiento de la población y del empleo en las zonas rurales.

España aplica su política de desarrollo rural a través de programas elaborados por las Comunidades Autónomas (CCAA) que han presentado 17 proposiciones regionales y 2 horizontales. España ejecutará el marco nacional («Red Rural Nacional«) mediante un programa de red nacional que abarca todo el territorio rural español.

La inversión total ascenderá a más de 250 millones de euros, de los que la mitad (125) serán financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Dentro de la reforma de la Política Agraria Común (PAC) que se inició en 2003, también se revisó la política de desarrollo rural, estableciendo los tres ejes fundamentales que regirán su futuro:

  • mejorar la calidad de vida y fomentar la diversificación de las actividades económicas
  • apoyar la gestión de las tierras y mejorar el medio ambiente, y
  • mejorar la competitividad de la agricultura y la silvicultura.