El 40% del PIB europeo proviene de las cargas fiscales

7 07 2008

Eurostat, la Oficina estadística de la Unión Europea acaba de publicar (en inglés), en colaboración con la Dirección General de Fiscalidad y Unión aduanera«Taxation trends in the European Union: Data for the EU Member States and Norway« un documento en el que se presentan un conjunto de indicadores fiscales armonizados que permiten una comparación fiable de los diferentes sistemas fiscales de los países miembros de la UE.

En el año 2006 la carga fiscal (impuestos y cotizaciones sociales) suponía el 39,9% del PIB de la Europa de los veintisiete, aumentando un 0,3% con respecto a 2005 y confirmando el cambio de tendencia descendente que se había iniciado en 1999, año en el que el porcentaje alcanzó el 41% del PIB.

El nivel de carga fiscal difiere sensiblemente entre los diferentes miembros de la UE pero sigue siendo de las más elevadas del mundo (superior a la norteamericana o la japonesa en más de 12 puntos porcentuales):

  • en Suecia y Dinamarca representa el 49% del PIB
  • en España y la República Checa está en torno al 36%, cifra idéntica a la de Chipre que ha visto aumentar sensiblemente la carga (+10,2%) en el último decenio
  • en Lituania y Eslovaquia gira en torno al 29%, siendo este último país uno de los que más ha disminuido la presión fiscal en los últimos diez años (-10%)
  • Rumanía se sitúa al final de la tabla con un porcentaje (28,6%) medio punto inferior a Eslovaquia

La principal fuente de ingresos fiscales sigue siendo el impuesto sobre la renta de las personas físicas que representa, él solo, la mitad del total. La otra mitad se reparte entre el impuesto sobre el consumo y el impuesto sobre el capital, que ha sufrido un importante aumento. En España el gravamen sobre el capital se ha incrementado en un 18% (38,7% en 2006 con respecto al 20,6% de 1996) contra el 2% en los rendimientos del trabajo y el consumo.

Impuesto sobre el trabajo.

En el año 2007, el porcentaje máximo del impuesto sobre la renta de las personas oscilaba entre el 59% de Dinamarca o el 56% de Suecia y el 16% de Rumanía, el 19% de Eslovaquia o el 22% de Estonia pasando por el 42% de Portugal o el 43% de Italia y España. La media de los veintisiete se situaba en el 38,7% y la de la Zona Euro en el 40,2%.

Impuesto sobre sociedades.

El impuesto máximo sobre sociedades, en el año 2008, variaba entre el 35% de Malta, el 34,4% de Francia o el 30% de España al 10% de Bulgaria y Chipre. La media europea se sitúa en el 23,6%, dos puntos menos que la media de la Zona Euro (26,5%).

Impuesto medioambiental.

A pesar del interés que suscitan las cuestiones medioambientales, los ingresos derivados de las tasas aplicadas a este concepto no han hecho más que disminuir en los últimos diez años debido, principalmente, a la reducción de los impuestos sobre la energía. La media europea, en el año 2006, se situaba en un 2,6% del PIB (2,5% en la Zona Euro).





La CE pide a España que acate las sentencias judiciales.

26 06 2008

La Comisión Europea declaró, en el año 2001, la incompatibilidad de seis regímenes de ayudas fiscales concedidas en el País Vasco y Navarra. Se trataba, por un lado, de ayudas fiscales en forma de créditos fiscales del 45% del importe, para todas aquellas inversiones que superasen los 15 millones de euros (2.500 millones de pesetas de la época) concedidas en el País Vasco y, por otro lado, de las denominadas «vacaciones fiscales» concedidas en el País Vasco y Navarra en el año 1996, a favor de empresas de reciente creación y con las que se pretendía reducir considerablemente (99%, 75%, 50% y 25% en el caso del País Vasco, 50% en el caso de Navarra) la base imponible durante los primeros cuatro años en los que se obtuviesen beneficios.

Al declarar estas ayudas incompatibles con el mercado común, la Comisión Europea exigió a España la suspensión de todas las ayudas pendientes y la recuperación de las cantidades ya concedidas.

En diciembre de 2006, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas consideró que España había incumplido las obligaciones de recuperación en virtud de las decisiones adoptadas por la Comisión Europea en julio de 2001.

En julio de 2007, la Comisión solicitó a España información sobre la recuperación de la ayuda, utilizando para ello una «carta de requirimiento», primer paso, según el artículo 228 del Tratado CE, para lanzar un procedimiento de infracción por incumplimiento de una sentencia del Tribunal.

Según la Comisión, casi un año más tarde, las autoridades españolas aún no han presentado pruebas claras que le permitan determinar si se ha procedido al reembolso total de las subvenciones declaradas ilegales por lo que ha vuelto a pedirle a España que acate la sentencia del Tribunal.





Tax Freedom Day

10 06 2008

No, no se trata de ningún «Día de» a los que nos tienen habituados últimamente. Se trata más bien del nombre que la sociedad PriceWaterhouseCoopers da al día en el que cada residente (en este caso belga) ha acabado de pagar todos sus impuestos y «empieza a trabajar para sí mismo» o, traducido al español cañí, a cuántos días de salario equivale el importe total anual de impuestos que paga un trabajador.

PriceWaterhouseCoopers ha trabajado en colaboración con la Universidad Católica de Lovaina para realizar este estudio anual sobre la fiscalidad en Bélgica y llegar a la misma conclusión que los últimos tres años; que el día fatídico para los trabajadores de este pequeño país sigue siendo el 10 de junio, es decir, ¡un belga trabaja la mitad del año para el Estado!.

Las fechas fatídicas en los países de su entorno no se distancia mucho: el 9 de junio para los alemanes, el 7 para los franceses y el 2 para los británicos. En otra división juegan los norteamericanos (23 de abril) o los suizos (14 de abril).

¿Cómo se calcula el «Tax Freedom Day»? Pues, dividiendo el total de las cargas fiscales, incluidas las cotizaciones sociales, entre el Producto Interior Bruto (PIB).

El informe íntegro puede obtenerse (en inglés) aquí.